Frases célebres.

"La práctica debe siempre ser edificada sobre la buena teoría." Leonardo da Vinci.
"La creencia en el valor de la verdad científica no procede de la naturaleza, sino que es producto de determinadas culturas." Max Weber.
"Hay tres clases de gente: la que se mata trabajando,
las que deberían trabajar y las que tendrían que matarse." Mario Benedetti.

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miércoles, 2 de febrero de 2011

Ayudas para el comercio urbano, cooperacion comercial, asociacionismo, asesoramiento tecnico y comercial y diversificacion industrial.

Para obtener mas informacion acceder a:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/atencion_ciudadano/novedades/nov_tram_serv

miércoles, 26 de enero de 2011

Ayudas en fomento del empleo para personas con discapacidad.


ORDEN 64/2010, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo protegido para personas con discapacidad en centros especiales de Empleo y enclaves laborales para el ejercicio 2011.

Lla Generalitat viene llevando a cabo una política coordinada para la inserción laboral de personas con discapacidad, o solo en empresas de empleo protegido (centros especiales de Empleo) sino también en empresas ordinarias.
Se recogen las ayudas gestionadas por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF), destinadas a la integración laboral de los trabajadores con discapacidad, en los centros especiales de Empleo, así como ayudas a la empresa ordinaria que potencien el tránsito de los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de Empleo a éstas.

El título II recoge los programas destinados a la integración de trabajadores de centros especiales de Empleo entendiendo por tales a aquellas entidades públicas o privadas, que pueden tener ánimo de lucro o carecer del mismo y cuyo objetivo principal es la realización de un trabajo productivo, siendo su finalidad la de asegurar un empleo remunerado a aquellas personas que, por la naturaleza de sus limitaciones en la ctividad, no pueden ejercer una actividad en condiciones habituales, ya sea de forma temporal o definitiva, por lo que sus plantillas están constituidas al menos por un 70% de personas con discapacidad, pudiendo cubrirse el resto de los puestos por personal no discapacitado cuya contratación resulte imprescindible para el desarrollo de sus actividades. Los programas de creación, ampliación y mantenimiento de puestos se regulan en el marco de lo establecido en la Orden de 16 de octubre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de su integración laboral en centros especiales de Empleo y trabajo autónomo, salvo el
siguiente programa:
la ayuda de los gastos financieros, destinadas a subsidiar parcialmente los gastos financieros generados como consecuencia de los anticipos mensuales de la ayuda de mantenimiento salarial, que será dotado con fondos propios de la Generalitat.
la ayuda complementaria, para los centros especiales de Empleo que tengan trabajadores con discapacidad psíquica consistente en 100 euros mensuales, que podrán ser dotados con fondos propios de la Generalitat o fondos europeos.
En la ayuda salarial para mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de Empleo, se ha tenido en cuenta el incremento de porcentaje de ayuda introducido para los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral para el ejercicio 2011 por la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, que pasa del 50 al 75% del SMI. Se considerará que existen dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en uno de los grupos siguientes:
– Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por cien.
– Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por cien.
Se incluyen así mismo en el título II, las ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, creadas por Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, (BOE del 22) en el marco de los servicios de ajuste personal
y social de los Centros Especiales de Empleo, servicios cuya definición legal ya se introdujo anteriormente a través del número 2 del artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, mediante la Ley 66/1997, de 30
de diciembre, de Medidas Fiscales, administrativas y del orden social, a tenor de los cuales «se entenderá por servicios de ajuste personal social los de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, cultural
y deportivos que procuren al trabajador minusválido del centro especial de Empleo una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación de su relación social».
Dentro del mismo título se recoge otro programa, también específico de la Comunitat Valenciana: los «CEE+I» cuyo objetivo es facilitar la contratación laboral en empresas ordinarias de personas discapacitadas
que previamente hayan seguido un itinerario de inserción en un CEE calificado como tal
y en cuyos estatutos conste que además de las actividades económicas propias del centro especial de Empleo, una
de las funciones será la integración laboral en el mercado ordinario de los trabajadores con discapacidad que tengan en su plantilla, previo seguimiento de un itinerario de inserción y acuerdo con empresas colaboradoras.
El título III se dedica a fomentar la contratación indefinida en empresa ordinaria de trabajadores con discapacidad procedentes de los enclaves laborales regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de
febrero.

Para acceder directamente a la disp :
http://www.docv.gva.es/datos/2011/01/25/pdf/2011_757.pdf

Los programas basicamente son:
1.- Apoyo a la contratación indefinida en empresa ordinaria de trabajadores minusválidos procedentes de un enclave laboral (Fomento del empleo de personas con discapacidad). http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=13617( Vid detalles de su tramitacion)
2.- Asistencia técnica: Fomento de empleo en Centros Especiales para personas con discapacidad que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1819 ( vid detalles del procedimiento)

3.- Ayuda Salarial y Ayuda complementaria: Fomento de empleo en Centros Especiales de Empleo para personas con discapacidad que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
4.- Ayuda de los gastos financieros: Fomento de empleo en Centros Especiales de Empleo para personas con discapacidad que tengan reconocida una discacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
5.-Ayudas CALIDAD PYMES comercial para el ejercicio 2011.
6º.- Ayudas dirigidas a los institutos tecnológicos de la Red Impiva Programa de Desarrollo Estratégico para el período 2011-2015.
7.- Creación de empleo estable en Centros Especiales de Empleo para personas que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
8.- Proyectos de inserción a través de CEE + I (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
9.- Solicitud de subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas en los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
10.- Solicitud de subvención de equilibrio financiero de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
11.- Solicitud de subvención de equilibrio presupuestario de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
12.- Unidades de apoyo a la actividad profesional: Fomento de empleo para la contratación de equipos multiprofesionales enmarcados en los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad) Servef 2011.

lunes, 13 de diciembre de 2010

NOVEDAD: Estatutos tipo de SRL conforme al Rd ley de 3 de diciembre.

Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada.
El Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, prevé un conjunto de medidas de distinta índole cuyo objetivo es incrementar la inversión productiva, la competitividad de las empresas españolas y la creación de empleo.
En ese contexto normativo, se incluyen un conjunto de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas con las que se pretende la agilización del proceso constitutivo de las formas de organización de esta tipología empresarial y la reducción de costes tanto del proceso constitutivo como respecto de actos y acuerdos de su funcionamiento posterior.
El ámbito de aplicación de dichas medidas ha sido definido una vez constatado que la inmensa mayoría de las pequeñas y medianas empresas se constituyen con la forma de sociedad de responsabilidad limitada, cuentan con un reducido número de socios, generalmente no superan el capital mínimo exigible y prevén estatutariamente una estructura interna simplificada y un objeto social incluido en la enumeración prevista en esta Orden.
En el artículo 5.dos del mencionado Real Decreto-ley se establece un régimen específico para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada siempre que su capital social no sea superior a 3.100 euros y sus estatutos se adapten a los aprobados por el Ministerio de Justicia.
Sobre esta base, se aprueba el modelo de Estatutos-tipo para Sociedades de Responsabilidad Limitada, en el que ya se acogen algunas de las opciones que se han incorporado en la modificación del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, como es el caso de las comunicaciones de la sociedad con los socios.

Los Estatutos-tipo previstos en esta Orden se utilizarán por las sociedades de responsabilidad limitada constituidas por uno o varios socios cuando reúna las siguientes características:
1. La constitución de la sociedad se realice por vía telemática
2. El capital social no sea superior a 3.100 euros.
3. Los socios sean personas físicas
4. El órgano de administración sea un administrador único, varios administradores con facultades solidarias o dos administradores con facultades mancomunadas.
Para acceder directamente a la disposicion y al modelo de Estatutos pulsa en el seiguiente enlace.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/11/pdfs/BOE-A-2010-19099.pdf

martes, 7 de diciembre de 2010

Medidas fiscales para el fomento de la inversion y el empleo

Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03-2/pdfs/BOE-A-2010-18651.pdf

Las principales medidas acordadas se resumen en:

El presente Real Decreto-ley tiene como finalidad esencial continuar y reforzar la política de impulso al crecimiento de la economía española y al incremento de su competitividad sobre todo de la pequeña y mediana empresa.
En el Impuesto sobre Sociedades, se establece una elevación del umbral que posibilita acogerse al régimen especial de las entidades de reducida dimensión regulado en la normativa de aquel, que pasa de 8 a 10 millones de euros, al tiempo que se permite que tales entidades puedan seguir disfrutando del régimen especial que les resulta aplicable durante los 3 ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se supere el umbral de 10 millones de euros, medida que se extiende al supuesto en que dicho límite se sobrepase a resultas de una reestructuración empresarial siempre que todas las entidades intervinientes tengan la antedicha condición.
También se aumenta el importe hasta el cual la base imponible de dichas sociedades se grava al tipo reducido del 25 por ciento, importe que se fija en 300.000 euros y que, de igual modo, también resultará de aplicación, para los períodos impositivos iniciados durante 2011, para las empresas que, por tener una cuantía neta de cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y una plantilla media inferior a 25 empleados, puedan acogerse al tipo de gravamen del 20 por ciento.
Se establece un régimen fiscal de libertad de amortización para las inversiones nuevas del activo fijo que se afecten a actividades económicas, sin que se condicione este incentivo fiscal al mantenimiento de empleo, como se exigía en la normativa vigente. Además, se amplía el ámbito temporal de aplicación de este incentivo fiscal en tres años adicionales, extendiéndose hasta el año 2015, y se permite su acceso a las personas físicas, empresarios o profesionales.
Las antedichas medidas se complementan en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados con la exoneración del gravamen por la modalidad de operaciones societarias de todas las operaciones dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las empresas, al entenderse que en la actual coyuntura económica es conveniente suprimir los obstáculos que dificulten el logro de tales fines.


Respecto a las Camaras de comerci, la reforma hace voluntaria la pertenencia a las Cámaras y la contribución a la ahora denominada cuota cameral.

Se agiliza la constitución de sociedades. La reforma permitirá que todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno o cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado. Se elimina la obligación de que tenga que hacerse por medio de periódicos la publicidad de actos societarios tales como constitución, modificación de estatutos, reducción de capital, convocatoria de juntas de accionistas o disolución.

Se introducen otras medidas que encaminadas a la privatizacion otorgan un nuevo regimen juridico a AENA y al Organimso Nacional de Loterias y pauestas del Estado.

Incorporación, hasta el 31 de diciembre de 2012, de 1500 nuevas personas promotoras de empleo a los Servicios Públicos de Empleo, así como la prórroga hasta el ejercicio 2012 del Plan extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobado en 2008.

miércoles, 27 de octubre de 2010

Ayudas y subvenciones: para la realización de proyectos de inversión en la Comunitat.

Solicitud de Incentivos Autonómicos a la inversión en la Comunitat Valenciana.
Concesión de ayudas para la realización de proyectos de inversión en la Comunitat Valenciana con el fin de contribuir al desarrollo de su potencial competitivo y para su orientación hacia actividades de mayor valor añadido.
Podrán solicitar estas ayudas las empresas con personalidad jurídica que realicen proyectos de inversión superiores a 6.000.000 euros en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana incluido en el mapa nacional de ayudas de finalidad regional para el periodo 2007-2013.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=14000