ASESORIA DE EMPRESAS, PROFESIONALES Y EMPRENDEDORES, GESTIONES ADMINISTRATIVAS, FISCALIDAD DE PATRIMONIOS
Frases célebres.
"La creencia en el valor de la verdad científica no procede de la naturaleza, sino que es producto de determinadas culturas." Max Weber.
"Hay tres clases de gente: la que se mata trabajando,
las que deberían trabajar y las que tendrían que matarse." Mario Benedetti.
jueves, 19 de mayo de 2011
Ayudas "Dona Empresa". Fomento de la actividad empresarial de las mujeres en la Comunitat Valenciana.
CUANTÍA
La cuantía de cada subvención será de un máximo de 3.000 euros por beneficiaria.
ORDEN 4/2011, de 12 de mayo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan y convocan las ayudas Dona Empresa, dirigidas a fomentar la actividad empresarial de las mujeres de la Comunitat Valenciana en el marco de las Políticas de Igualdad de Oportunidades del Consell. [2011/5620]
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jueves, 14 de abril de 2011
Ayudas a la participación en programas nacionales e internacionales de I+D+i empresarial en cooperación.
El prograna esta destinado a favorecer la participación de las Pymes de la Comunitat Valenciana en los distintos programas nacionales e internacionales de cooperación en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación y esta dirigido a Pymes industriales y de servicios relacionadas con la industria que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y cuyos proyectos objeto de ayuda se realicen en dicho territorio.
Las actuaciones a subvencionar corresponden a acciones a realizar durante el año 2011. El importe total de las ayudas de minimis que reciba la empresa no podra ser superior durante un período de tres ejercicios fiscales al límite de 200.000 euros.
Hay tres modalidades:
Modalidad A, las ayudas consistirán en una subvención por importe de hasta 25.000 euros cuando la empresa participe como socio del proyecto y de hasta 40.000 euros cuando la empresa participe como coordinador. Se podrá conceder únicamente una ayuda por cada proyecto de I+D+i.
El importe de la ayuda no superará el 10% del presupuesto de la empresa beneficiaria en el proyecto de I+D+i para cuya elaboración se solicita la ayuda.
Son conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta:
a) Gastos de asistencia técnica por la elaboración de la propuesta.
b) Gastos de personal dedicado a la elaboración y preparación de la propuesta, hasta un máximo del 50% del presupuesto.
c) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para reuniones con socios del consorcio y preparación de la propuesta.
d) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.
Modalidad B, las ayudas consistirán, en una subvención por importe de hasta 60.000 euros.
Serán conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la promoción, difusión y transferencia de los resultados obtenidos en los proyectos de programas nacionales e internacionales así como la negociación de los acuerdos internacionales de cooperación industrial sobre la base de esos resultados:
a) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para la promoción y difusión de resultados.
b) Gastos de personal dedicado a la negociación de contratos de transferencia de tecnología
c) Gastos necesarios para la elaboración de contratos de transferencia de tecnología.
d) Gastos de elaboración del plan de negocio para la implementación de tecnología.
e) Gastos de protección de resultados.
f) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.
Para la modalidad C, serán conceptos susceptibles de ayuda, los gastos de funcionamiento directamente vinculados a estimular la participación de las pyme de la Comunitat Valenciana en programas nacionales e internacionales de investigación industrial y de innovación empresarial.
EL PLAZO PARA SU SOLICITUD TERMINA EL 1 DE AGOSTO DE 2011.
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sábado, 2 de abril de 2011
Solicitud de ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales (Ayudas a la economía social).
Concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo, en cooperativas y sociedades laborales, preexistentes o de nueva constitución, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.
Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en estas bases:
a) Las cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas o sociedades laborales de desempleados o de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socios.
b) Las cooperativas y las sociedades laborales, que cuenten con socios trabajadores o de trabajo, para las actuaciones vinculadas a la inversión.
c) Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de prestación de asistencia técnica.
d) Las entidades asociativas o representativas de cooperativas que cuenten con socios trabajadores o de trabajo y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que se presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.
Los requisitos exigidos son:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
d) Las personas que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo en una cooperativa o una sociedad laboral deberán estar incluidas en alguno de los colectivos siguientes:
a) Desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo.
b) Desempleados mayores de 45 años.
c) Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años.
d) Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y a 180 días si son menores de 25 años.
e) Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.
f) Personas desempleadas discapacitadas, con un grado igual o superior al 33%.
g) Desempleados en situación de exclusión social, pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento del Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio.
h) Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses a la fecha de la incorporación como socio trabajador o de trabajo.
Los desempleados que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo deberán estar inscritos en la oficina de empleo.
También podrán beneficiarse de las ayudas reguladas por la presente base, las empresas, que mantengan como socios trabajadores o de trabajo a aquellas personas incluidas en alguno de los colectivos enumerados, cuando reuniendo todos los requisitos establecidos en estas bases se hubieran integrado en la empresa durante los cuatro últimos meses del ejercicio precedente. En este caso, la concesión de la subvención exigirá la acreditación del mantenimiento del empleo en el ejercicio en que se conceda la subvención.
La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la ayuda. A efectos del cálculo del incremento del empleo se tendrá en cuenta el número de socios trabajadores o de trabajo y el número de trabajadores con contrato indefinido.
La cuantía de esta subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los párrafos, a), b), c), d) y h), del apartado 1 de la base 15 que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo, en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cinco colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
En el caso de personas discapacitadas, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el de los desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, siempre que ambos casos la incorporación sea a jornada completa.
En todos los casos las subvenciones podrán ser concedidas también cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial, al menos de 20 horas semanales, si bien en este supuesto la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada respecto de la ordinaria en la empresa. Salvo prueba en contrario, se presumirá que la jornada ordinaria en la empresa es de 40 horas semanales.
Para el ejercicio 2011, podrán solicitarse las ayudas desde al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6493, de 01/04/11, y hasta el dia 12 de Septiembre de 2011; debiendo en todo caso, solicitarse dentro de los cuatro meses siguientes a la integración del socio.
No obstante, cuando la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales se hubiera producido en el tercer cuatrimestre del año 2010 las solicitudes sólo podrán presentarse hata el 30 de abril de 2011.
- Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en estas bases se presentarán en cualesquiera de los registros de entrada dependientes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
Acceso directo a la resolucion.
viernes, 11 de marzo de 2011
AYUDAS PARA LA CONTRATACION 2011 COMUNIDAD VALENCIANA.
Esta convocatoria tiene como objeto favorecer la inserción laboral de los desempleados registrados en el SERVEF que encuentran mayores dificultades para acceder a un empleo estable, así como reducir la tasa de temporalidad de los
colectivos de trabajadores que la padecen en mayor medida.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo para la Comunidad Valenciana 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión de fecha 20 de diciembre de 2007. Fondos Estructurales 2007-2013, Unión Europea-Comunitat Valenciana: «El FSE invierte en tu futuro».
Todos los programas vienen contemplados en la orden 60/2010 de 30 de diciembre
http://www.docv.gva.es/datos/2011/01/18/pdf/2011_252.pdf
Apoyo a la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias (Fomento del empleo Estable). Ejercicio 2011, SERVEF.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1388
Apoyo a la contratación temporal de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias (Programa Fomento del Empleo Estable). Ejercicio 2011, SERVEF
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1525
Ayudas por ausencias legales para la conciliación de la vida familiar y laboral. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3036
Plan Especial de Empleo Estable: ayudas a la conversión en indefinidos de contratos temporales de jóvenes y mujeres. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3038
Solicitud de incentivos a las contrataciones que se realicen para sustituir horas extraordinarias. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1719
Solicitud de incentivos a las nuevas contrataciones a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1720
Solicitud de incentivos a las nuevas contrataciones derivadas de ausencias legales del trabajador. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef)
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1721
Solicitud de incentivos a los contratos indefinidos celebrados como consecuencia de acuerdo en la empresa para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1717
jueves, 3 de marzo de 2011
Ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias, para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano en 2011.
Incluye:
La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.
b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas...). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.
c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas web.
Enlace con el procedimiento.
sábado, 12 de febrero de 2011
Ayudas FEADER, biomasa forestal
Régimen de ayudas destinadas a la puesta en valor de la biomasa forestal residual procedente de incendios, de aprovechamientos forestales, y de trabajos de mejora de la estructura forestal de las masas arboladas y selvicultura preventiva.
Acceso directo a la disp. Orden de 1 de diciembre de 2009 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por la que se aprueban las bases reguladoras de un régimen de primas para la puesta en valor de la biomasa forestal residual en terrenos forestales de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6168, de 18 /12 /09).- Resolución de 3 de febrero de 2011, de la directora de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (AVFGA).
http://www.docv.gva.es/datos/2011/02/11/pdf/2011_1529.pdf
viernes, 11 de febrero de 2011
AYUDAS Y SUBVENCIONES. APICULTURA Y TRANSFAGROALIMENTARIOS
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=547
Línea de ayudas al sector apícola de la Comunitat Valenciana con el objetivo de fomentar el mantenimiento de esta actividad en el ámbito territorial de la misma.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=15812
miércoles, 2 de febrero de 2011
Ayudas para el campo, ganaderia, leche, produccion integrada de citricos, calidad del tabaco, rotacion de cultivos etc.
Vid todos los programas en:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/atencion_ciudadano/novedades/nov_tram_serv
Ayudas a otras producciones agrarias. PAC
Frutos de cascara y algarroba, patata con destino a fecula, remolacha, semillas, tomates para transformación , arroz, proteaginosas etc.
Acceder directamente a:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/atencion_ciudadano/novedades/nov_tram_serv
AGRICULTURA ECOLOGICA. sOLICITUD UNICA VINCULADA A AYUDAS AGROAMBIENTALES
Los agricultores titulares de una explotación agraria.
¿Qué documentación se debe presentar?
Documentación, de carácter general que preceptivamente debe presentarse junto con la Solicitud Única.
1. Modelo de solicitud que contendrá necesariamente la información mínima prevista en el anexo I, del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero.
2. Croquis de las parcelas agrícolas cuando el productor no declare la totalidad de un recinto SIGPAC, excepto en el caso de superficies forrajeras y pastos permanentes de uso común.
3. Fotocopia del DNI/NIF del titular y si fuera el caso, de su conyuge.
4. Cuando se actúe a traves de representante, se presentará el documento acreditativo de la existencia de la representación firmado por el solicitante y su representante. En el supuesto de personas jurídicas se presentará la escritura de nombramiento del apoderado o representante en el que conste la extensión del poder o en su caso, documento equivalente.
5. Documento de comunidades de bienes, en el que conste necesariamente el contenido previsto en el artículo 3 de la Orden 11/2010 de 26 de febrero.
6. Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ningún caso de las otras prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
7. Documento de mantenimiento de terceros del organismo pagador, Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, sólo en los casos en los que no figuren dados de alta en el Registro de Terceros de la Agencia (GTA) o bien que se haya producido un cambio de cuenta bancaria.
8. En caso de personas jurídicas, estatutos y/o escritura de constitución de la entidad titular de la explotación.
AYUDAS AGROAMBIENTALES
a) Certificado de inscripción en el Comité de Agricultura Ecológica de la CV, en caso de solicitar agricultura ecológica.
b) Fotocopia del libro de explotación ganadera (para la ayuda de mantenimiento de la guirra o agricultura ecológica que tengan ganado y pidan ayuda por pastos naturales o artificiales).
c) Certificado de inscripción en el Libro Genealógico raza ovina Guirra de la Comunitat Valenciana y pertenencia a asociación ganadera con fines de mejora y conservación, si solicita la ayuda de mantenimiento de la guirra.
Regimenes en los que se podrá utilizar la solicitud precumplimentada.
En base a lo previsto por el artículo 9 de la Orden 11/2010 de 26 de febrero, en los siguientes regímenes de ayuda se utilizará la solicitud precumplimentada:
a) Pago único.
b) Ayudas Agroambientales.
http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/26028_ES.pdf
Para mas informacion podeis acceder a:
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=15362
lunes, 31 de enero de 2011
AYUDAS ESPECIFICAS RURAL-TER PYMES
Ayudas RURALTER-Paisaje - I Ayuda a la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas.
Objeto del trámite
Se subvencionarán las inversiones en activos materiales e inmateriales necesarias para:
- la creación de un establecimiento nuevo
- la ampliación de un establecimiento existente
- la modernización de un establecimiento existente mediante un cambio radical en el producto/servicio o en los procedimientos de producción.
EXCLUSIONES
No es subvencionable la construcción de naves industriales ni su adquisición, salvo en el caso en que se trate de edificaciones cuyas características exteriores guarden la máxima semejanza con las construcciones rurales tradicionales
Interesados/Solicitantes
Pequeñas y medianas empresas de todos los sectores económicos, exceptuando, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) 800/2008, los sectores de la pesca y la acuicultura, las actividades de producción primaria de productos agrícolas y los sectores del carbón, del acero, la construcción naval y las fibras sintéticas.
Podrán ser promotores las personas jurídicas privadas (con o sin ánimo de lucro) y las personas físicas que desarrollen su actividad empresarial en régimen de autónomos.
Requisitos
A. La empresa se dedica a una actividad vinculada a la conservación y recuperación del paisaje (p.ej. mantenimiento de caminos, muros de piedra seca, forestal, jardinería paisajística, rehabilitación de construcciones tradicionales y del patrimonio rural).B. La empresa se dedica a una actividad vinculada la protección y mejora del medio ambiente (p.ej. profesionales especializados en instalaciones de energías renovables y de ahorro energético y de agua, arquitectura bioclimática).
C. La operación tiene como objeto una mejora sustancial del comportamiento medioambiental de la empresa: minimización de residuos y emisiones contaminantes, reducción de su consumo energético e hídrico.
D. La operación está vinculada al traslado de instalaciones de una empresa desde centros urbanos a polígonos industriales de las afueras cuando este traslado redunde en una mejora sustancial de la calidad de vida de los vecinos (empresas productoras de emisiones, olores, ruidos..) y cuando, al mismo tiempo, la empresa aproveche el traslado para mejorar sustancialmente su comportamiento medioambiental y su adecuación al paisaje rural
lunes, 24 de enero de 2011
Ayudas a la regularizacion y contratacion de personal domestico y para el cuidado de personas dependientes.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=15112
lunes, 8 de noviembre de 2010
Ayudas a cooperativas o sociedades laborales.
Ayudas dirigidas a apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de las empresas de economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando su consolidación.
MODALIDADES:
La ayuda para esta actuación revestirá la modalidad de subvención directa, que sólo se podrá conceder para la adquisición de los activos enumerados en la base 16 y que únicamente podrá tener carácter plurianual en los supuestos de inversión en obras de construcción, mejora, acondicionamiento o reforma de inmuebles de propiedad de la entidad solicitante.
Pueden solicitarlos los inversiones. Deberán ser realizadas por cooperativas o sociedades laborales con socios trabajadores o de trabajo y deberán resultar necesarias para su puesta en funcionamiento o ampliación, así como para la incorporación de nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones
martes, 2 de noviembre de 2010
AYUDAS PLAN COMPETITIVIDAD EMPRESA VALENCIANA.
Ayudas del II Plan de Competitividad de la Empresa Valenciana (PCEV) para los ejercicios 2010 y 2011. Actuación 1. Dinamización de clusters (IMPIVA).
Ayudas del II Plan de Competitividad de la Empresa Valenciana (PCEV) para los ejercicios 2010 y 2011. Actuación 2. Elaboración y presentación de proyectos a programas nacionales e internacionales de I+D+i (IMPIVA).
Ayudas del Programa de Asistencia a la Creación y Crecimiento de Empresas Innovadoras para los ejercicios 2010 y 2011 (IMPIVA
Ayudas del II Plan de Competitividad de la Empresa Valenciana (PCEV) para los ejercicios 2010 y 2011. Actuación 3. Asesoramiento en innovación (IMPIVA).
miércoles, 27 de octubre de 2010
Ayudas y subvenciones: para la realización de proyectos de inversión en la Comunitat.
Concesión de ayudas para la realización de proyectos de inversión en la Comunitat Valenciana con el fin de contribuir al desarrollo de su potencial competitivo y para su orientación hacia actividades de mayor valor añadido.
Podrán solicitar estas ayudas las empresas con personalidad jurídica que realicen proyectos de inversión superiores a 6.000.000 euros en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana incluido en el mapa nacional de ayudas de finalidad regional para el periodo 2007-2013.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=14000
martes, 7 de septiembre de 2010
Ayudas y subvenciones. PYMES por comercio electronico y fomento de la factura electronica.
Son ayudas para la solución, plataforma o servicio que permita enviar y recibir facturas electrónicas en el formato XML (facturae, establecido por la administración general del Estado), permitiendo una fácil integración con los sistemas de gestión interna de la empresa (contabilidad, tesorería, gestión de almacén, etc.), así como el asesoramiento necesario para el análisis y posterior implantación de los elementos señalados, y la formación necesaria para su utilización.
Importe: Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros.
Ademas la Orden regula: Características, modalidad, procedimiento de concesión y gestión de las ayudas. Ámbito objetivo. Ámbito subjetivo.Importe. Exclusiones y denegaciones. Solicitudes. Lugar de presentación de solicitudes.Plazo de presentación de solicitudes.Documentación.Instrucción. Valoración. Criterios de valoración y de adjudicación de las subvenciones. Resolución.Recursos. Sistema y forma de pago de las subvenciones. Obligaciones de las personas y entidades beneficiarias. Sistema de justificación de las subvenciones.Documentación justificativa a presentar por la persona o entidad beneficiaria.Plazo de presentación de la justificación de las subvenciones. Dejación sin efecto, minoración y reintegro. Reintegro de cantidades percibidas.
http://www.docv.gva.es/portal/portal/2010/09/06/pdf/2010_9548.pdf
lunes, 9 de agosto de 2010
Ayudas y subvenciones: economia social
a) Contratación de directores y gerentes.
b) Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga, salvo los que sean exigidos en la tramitación de expedientes administrativos para la obtención de autorizaciones y/o subvenciones.
c) Informes económicos y auditorias, siempre que unos y otras no se realicen para cumplir una obligación normativamente establecida.
d) Asesoramiento en las distintas áreas de la gestión empresarial. Este supuesto no podrá referirse a tareas de asesoramiento que por su naturaleza tengan carácter ordinario y continuado en la actividad de la empresa, debiendo circunscribirse únicamente a aquellas de carácter extraordinario que afecten a la viabilidad de la misma o para la puesta en marcha de proyectos orientados a incorporar la innovación en los procesos de gestión y organización o a la implantación de nuevas tecnologías en el campo de la sociedad de la información y la comunicación, que contribuyan a una mejora de su competitividad.
Los requisitos de los solicitantes son:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
CUANTÍA
El importe de la subvención será de hasta el 50 por ciento del coste de la actuación y no podrá superar la cuantía de 20.000 euros.
En el supuesto de que la subvención por asistencia técnica sea concedida a una entidad asociativa de cooperativas o de sociedades laborales, que actúe como organismo intermedio, y cuya actividad revierta en prestaciones a un conjunto de estas sociedades, para la determinación del importe de la subvención se deberá evaluar el importe imputado a cada una de ellas, a efectos de no sobrepasar las limitaciones establecidas en la norma de minimis. En este caso la cuantía de la subvención será el 75 por ciento del coste de los servicios prestados con un límite máximo de 30.000 euros, por cada proyecto de actuación conjunta y sin que el importe por cooperativa o sociedad laboral resulte superior a 3.000 euros. El resto del coste de los servicios prestados deberá ser asumido por las cooperativas y sociedades laborales a las que se presten dichos servicios.
Plazo de presentación
Para el ejercicio 2010, podrán solicitarse las ayudas en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6326, de 05/08/2010.
martes, 27 de abril de 2010
AYUDAS Y SUBVENCIONES: LINEA ICO EMPRENDEDORES
Se considerará microempresa aquella que cumpla los siguientes requisitos:
Emplear de 1 a 9 trabajadores a 31 de diciembre de 2009, facturación y/o balance general a 31 de diciembre de 2009 no superior a 2 millones de euros
Importe máximo por Cliente/Línea:
Hasta 300.000 euros, en una o varias operaciones.
Financiación máxima:
El 100 % del proyecto de inversión.
Inversiones elegibles:Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano. Aquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros. Gastos inherentes a la constitución de la empresa, con el límite del 10% del proyecto total. Adquisición de Empresas. Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
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