Frases célebres.

"La práctica debe siempre ser edificada sobre la buena teoría." Leonardo da Vinci.
"La creencia en el valor de la verdad científica no procede de la naturaleza, sino que es producto de determinadas culturas." Max Weber.
"Hay tres clases de gente: la que se mata trabajando,
las que deberían trabajar y las que tendrían que matarse." Mario Benedetti.

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jueves, 14 de abril de 2011

Ayudas a la participación en programas nacionales e internacionales de I+D+i empresarial en cooperación.

Ayudas a la participación en programas nacionales e internacionales de I+D+i empresarial en cooperación. (ORDEN 17/2011, de 8 de abril, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se convocan ayudas a la participación en programas nacionales e internacionales de I+D+i empresarial en cooperación.


El prograna esta destinado a favorecer la participación de las Pymes de la Comunitat Valenciana en los distintos programas nacionales e internacionales de cooperación en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación y esta dirigido a Pymes industriales y de servicios relacionadas con la industria que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y cuyos proyectos objeto de ayuda se realicen en dicho territorio.

Las actuaciones a subvencionar corresponden a acciones a realizar durante el año 2011. El importe total de las ayudas de minimis que reciba la empresa  no podra ser superior durante un período de tres ejercicios fiscales al límite de 200.000 euros.
Hay tres modalidades:
Modalidad A, las ayudas consistirán en una subvención por importe de hasta 25.000 euros cuando la empresa participe como socio del proyecto y de hasta 40.000 euros cuando la empresa participe como coordinador. Se podrá conceder únicamente una ayuda por cada proyecto de I+D+i.
El importe de la ayuda no superará el 10% del presupuesto de la empresa beneficiaria en el proyecto de I+D+i para cuya elaboración se solicita la ayuda.
Son conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta:
a) Gastos de asistencia técnica por la elaboración de la propuesta.
b) Gastos de personal dedicado a la elaboración y preparación de la propuesta, hasta un máximo del 50% del presupuesto.
c) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para reuniones con socios del consorcio y preparación de la propuesta.
d) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.

Modalidad B, las ayudas consistirán, en una subvención por importe de hasta 60.000 euros.
Serán conceptos susceptibles de ayuda, los directamente vinculados a la promoción, difusión y transferencia de los resultados obtenidos en los proyectos de programas nacionales e internacionales así como la negociación de los acuerdos internacionales de cooperación industrial sobre la base de esos resultados:
a) Gastos correspondientes a viajes y gastos de manutención y alojamiento, relacionados con desplazamientos para la promoción y difusión de resultados.
b) Gastos de personal dedicado a la negociación de contratos de transferencia de tecnología
c) Gastos necesarios para la elaboración de contratos de transferencia de tecnología.
d) Gastos de elaboración del plan de negocio para la implementación de tecnología.
e) Gastos de protección de resultados.
f) Otros gastos complementarios, debidamente justificados.

Para la modalidad C, serán conceptos susceptibles de ayuda, los gastos de funcionamiento directamente vinculados a estimular la participación de las pyme de la Comunitat Valenciana en programas nacionales e internacionales de investigación industrial y de innovación empresarial.

EL PLAZO PARA SU SOLICITUD TERMINA EL 1 DE AGOSTO DE 2011.

Acceso directo a la orden.

sábado, 2 de abril de 2011

Solicitud de ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales (Ayudas a la economía social).

Solicitud de ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales (Ayudas a la economía social).
Concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo, en cooperativas y sociedades laborales, preexistentes o de nueva constitución, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios.
Podrán acogerse a las subvenciones contempladas en estas bases:

a) Las cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o socios de trabajo en cooperativas o sociedades laborales de desempleados o de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integren como socios.

b) Las cooperativas y las sociedades laborales, que cuenten con socios trabajadores o de trabajo, para las actuaciones vinculadas a la inversión.

c) Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de prestación de asistencia técnica.

d) Las entidades asociativas o representativas de cooperativas que cuenten con socios trabajadores o de trabajo y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que se presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.
Los requisitos exigidos son:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

d) Las personas que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo en una cooperativa o una sociedad laboral deberán estar incluidas en alguno de los colectivos siguientes:

a) Desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo.

b) Desempleados mayores de 45 años.

c) Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años.

d) Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y a 180 días si son menores de 25 años.

e) Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.

f) Personas desempleadas discapacitadas, con un grado igual o superior al 33%.

g) Desempleados en situación de exclusión social, pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento del Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio.

h) Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses a la fecha de la incorporación como socio trabajador o de trabajo.

 Los desempleados que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo deberán estar inscritos en la oficina de empleo.

También podrán beneficiarse de las ayudas reguladas por la presente base, las empresas, que mantengan como socios trabajadores o de trabajo a aquellas personas incluidas en alguno de los colectivos enumerados, cuando reuniendo todos los requisitos establecidos en estas bases se hubieran integrado en la empresa durante los cuatro últimos meses del ejercicio precedente. En este caso, la concesión de la subvención exigirá la acreditación del mantenimiento del empleo en el ejercicio en que se conceda la subvención.

La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la ayuda. A efectos del cálculo del incremento del empleo se tendrá en cuenta el número de socios trabajadores o de trabajo y el número de trabajadores con contrato indefinido.

La cuantía de esta subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los párrafos, a), b), c), d) y h), del apartado 1 de la base 15 que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo, en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cinco colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.

Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.

En el caso de personas discapacitadas, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el de los desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, siempre que ambos casos la incorporación sea a jornada completa.



En todos los casos las subvenciones podrán ser concedidas también cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial, al menos de 20 horas semanales, si bien en este supuesto la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada respecto de la ordinaria en la empresa. Salvo prueba en contrario, se presumirá que la jornada ordinaria en la empresa es de 40 horas semanales.

Para el ejercicio 2011, podrán solicitarse las ayudas desde al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6493, de 01/04/11, y hasta el dia 12 de Septiembre de 2011; debiendo en todo caso, solicitarse dentro de los cuatro meses siguientes a la integración del socio.



No obstante, cuando la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales se hubiera producido en el tercer cuatrimestre del año 2010 las solicitudes sólo podrán presentarse hata el 30 de abril de 2011.
- Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en estas bases se presentarán en cualesquiera de los registros de entrada dependientes de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
Acceso directo a la resolucion.

jueves, 17 de marzo de 2011

Ayudas explotaciones ganaderas que realicen inversiones para reducir coste de produccion. Valencia.

Se establece una línea de ayudas para los titulares de explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana que realicen inversiones cuyo objeto sea la reducción de los costes de producción que soporta el ganadero, la mejora de la calidad del producto final obtenido, la reducción del impacto ambiental de las actividades ganaderas, la mejora de las condiciones higiénicas de las explotaciones y del bienestar de sus animales y el desarrollo de la extensificación.

Para conocer mas del expediente pincha aqui.

viernes, 11 de marzo de 2011

AYUDAS PARA LA CONTRATACION 2011 COMUNIDAD VALENCIANA.

AYUDAS PARA LA CONTRATACION 2011 COMUNIDAD VALENCIANA


Esta convocatoria tiene como objeto favorecer la inserción laboral de los desempleados registrados en el SERVEF que encuentran mayores dificultades para acceder a un empleo estable, así como reducir la tasa de temporalidad de los
colectivos de trabajadores que la padecen en mayor medida.

Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo para la Comunidad Valenciana 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión de fecha 20 de diciembre de 2007. Fondos Estructurales 2007-2013, Unión Europea-Comunitat Valenciana: «El FSE invierte en tu futuro».

Todos los programas vienen contemplados en la orden 60/2010 de 30 de diciembre
http://www.docv.gva.es/datos/2011/01/18/pdf/2011_252.pdf

Apoyo a la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias (Fomento del empleo Estable). Ejercicio 2011, SERVEF.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1388

Apoyo a la contratación temporal de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias (Programa Fomento del Empleo Estable). Ejercicio 2011, SERVEF

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1525

Ayudas por ausencias legales para la conciliación de la vida familiar y laboral. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3036

Plan Especial de Empleo Estable: ayudas a la conversión en indefinidos de contratos temporales de jóvenes y mujeres. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3038

Solicitud de incentivos a las contrataciones que se realicen para sustituir horas extraordinarias. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1719


Solicitud de incentivos a las nuevas contrataciones a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores.
 http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1720

Solicitud de incentivos a las nuevas contrataciones derivadas de ausencias legales del trabajador. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef)

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1721

Solicitud de incentivos a los contratos indefinidos celebrados como consecuencia de acuerdo en la empresa para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo. Programa de Fomento del Empleo Estable para el ejercicio 2011 (Servef).

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1717

lunes, 31 de enero de 2011

AYUDAS ESPECIFICAS RURAL-TER PYMES

Ayudas RURALTER-Paisaje - I Ayuda a la creación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas.

Objeto del trámite

Se subvencionarán las inversiones en activos materiales e inmateriales necesarias para:
- la creación de un establecimiento nuevo
- la ampliación de un establecimiento existente
- la modernización de un establecimiento existente mediante un cambio radical en el producto/servicio o en los procedimientos de producción.


EXCLUSIONES
No es subvencionable la construcción de naves industriales ni su adquisición, salvo en el caso en que se trate de edificaciones cuyas características exteriores guarden la máxima semejanza con las construcciones rurales tradicionales

Interesados/Solicitantes

Pequeñas y medianas empresas de todos los sectores económicos, exceptuando, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) 800/2008, los sectores de la pesca y la acuicultura, las actividades de producción primaria de productos agrícolas y los sectores del carbón, del acero, la construcción naval y las fibras sintéticas.

Podrán ser promotores las personas jurídicas privadas (con o sin ánimo de lucro) y las personas físicas que desarrollen su actividad empresarial en régimen de autónomos.

Requisitos

A. La empresa se dedica a una actividad vinculada a la conservación y recuperación del paisaje (p.ej. mantenimiento de caminos, muros de piedra seca, forestal, jardinería paisajística, rehabilitación de construcciones tradicionales y del patrimonio rural).

B. La empresa se dedica a una actividad vinculada la protección y mejora del medio ambiente (p.ej. profesionales especializados en instalaciones de energías renovables y de ahorro energético y de agua, arquitectura bioclimática).

C. La operación tiene como objeto una mejora sustancial del com­portamiento medioambiental de la empresa: minimización de residuos y emisiones contaminantes, reducción de su consumo energético e hídrico.

D. La operación está vinculada al traslado de instalaciones de una empresa desde centros urbanos a polígonos industriales de las afueras cuando este traslado redunde en una mejora sustancial de la calidad de vida de los vecinos (empresas productoras de emisiones, olores, ruidos..) y cuando, al mismo tiempo, la empresa aproveche el traslado para mejorar sustancialmente su comportamiento medioambiental y su adecuación al paisaje rural

jueves, 7 de octubre de 2010

ayudas y subvenciones: Promocion negocio electronico, e-FACTURA para Pymes.

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2010, del director general de Modernización, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden 13/2010, de 13 de agosto, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regulan y convocan ayudas para las pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana con objeto de promover la utilización del negocio electrónico y, específicamente, fomentar la facturación electrónica (e-FACTURA), en el ejercicio 2010.

martes, 27 de abril de 2010

SUBVENCIONES Y AYUDAS. Ahorro energetico para empresas.

Subvenciones y ayudas para la implantación de medidas destinadas a la sustitución de productos petrolíferos por gas natural en cualquier empresa perteneciente a cualquier sector económico y en las entidades públicas. http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3084
Subvenciones y ayudas para facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunitat Valenciana en cualquier sector económico. http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3084