Frases célebres.

"La práctica debe siempre ser edificada sobre la buena teoría." Leonardo da Vinci.
"La creencia en el valor de la verdad científica no procede de la naturaleza, sino que es producto de determinadas culturas." Max Weber.
"Hay tres clases de gente: la que se mata trabajando,
las que deberían trabajar y las que tendrían que matarse." Mario Benedetti.

martes, 7 de septiembre de 2010

Ayudas y subvenciones. PYMES por comercio electronico y fomento de la factura electronica.

ORDEN 13/2010, de 13 de agosto, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Publicas, por la que se regulan y convocan ayudas para las pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana con objeto de promover la utilizacion del negocio electronico y, especificamente, fomentar la facturacion electronica (e-FACTURA), en el ejercicio 2010.
Son ayudas para la solución, plataforma o servicio que permita enviar y recibir facturas electrónicas en el formato XML (facturae, establecido por la administración general del Estado), permitiendo una fácil integración con los sistemas de gestión interna de la empresa (contabilidad, tesorería, gestión de almacén, etc.), así como el asesoramiento necesario para el análisis y posterior implantación de los elementos señalados, y la formación necesaria para su utilización.
Importe: Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros.

Ademas la Orden regula: Características, modalidad, procedimiento de concesión y gestión de las ayudas. Ámbito objetivo. Ámbito subjetivo.Importe. Exclusiones y denegaciones. Solicitudes. Lugar de presentación de solicitudes.Plazo de presentación de solicitudes.Documentación.Instrucción. Valoración. Criterios de valoración y de adjudicación de las subvenciones. Resolución.Recursos. Sistema y forma de pago de las subvenciones. Obligaciones de las personas y entidades beneficiarias. Sistema de justificación de las subvenciones.Documentación justificativa a presentar por la persona o entidad beneficiaria.Plazo de presentación de la justificación de las subvenciones. Dejación sin efecto, minoración y reintegro. Reintegro de cantidades percibidas.


http://www.docv.gva.es/portal/portal/2010/09/06/pdf/2010_9548.pdf

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