El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL confirma el régimen de vinculadas (STC 11-07-2013)
El TC ha desestimado finalmente la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el TS con relación a los apartados 2 (obligaciones de documentación) y 10 (régimen sancionador) del artículo 16 del TRLIS, confirmando su adecuación al Principio de legalidad Sancionadora fijada por el art. 25.1 CE.
El TC considera que el actual régimen cumple la dimensión "formal" del Pº de legalidad sancionadora, en el sentido de recoger la ley los elementos esenciales de la conducta antijurídica.
El TC no niega la posibilidad de que en casos concretos y a través del recurso de amparo. El propio TC pueda considerar la vulneración de la que denomina "dimensión material" del Pº de legalidad sancionadora (garantía de taxatividad o previsibilidad).
El TC considera que el actual régimen cumple la dimensión "formal" del Pº de legalidad sancionadora, en el sentido de recoger la ley los elementos esenciales de la conducta antijurídica.
El TC no niega la posibilidad de que en casos concretos y a través del recurso de amparo. El propio TC pueda considerar la vulneración de la que denomina "dimensión material" del Pº de legalidad sancionadora (garantía de taxatividad o previsibilidad).
El TC deja abierta la puerta al TS para que entre a valorar la proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones establecidas.
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