Frases célebres.

"La práctica debe siempre ser edificada sobre la buena teoría." Leonardo da Vinci.
"La creencia en el valor de la verdad científica no procede de la naturaleza, sino que es producto de determinadas culturas." Max Weber.
"Hay tres clases de gente: la que se mata trabajando,
las que deberían trabajar y las que tendrían que matarse." Mario Benedetti.

miércoles, 26 de enero de 2011

Ayudas en fomento del empleo para personas con discapacidad.


ORDEN 64/2010, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo protegido para personas con discapacidad en centros especiales de Empleo y enclaves laborales para el ejercicio 2011.

Lla Generalitat viene llevando a cabo una política coordinada para la inserción laboral de personas con discapacidad, o solo en empresas de empleo protegido (centros especiales de Empleo) sino también en empresas ordinarias.
Se recogen las ayudas gestionadas por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF), destinadas a la integración laboral de los trabajadores con discapacidad, en los centros especiales de Empleo, así como ayudas a la empresa ordinaria que potencien el tránsito de los trabajadores con discapacidad de los centros especiales de Empleo a éstas.

El título II recoge los programas destinados a la integración de trabajadores de centros especiales de Empleo entendiendo por tales a aquellas entidades públicas o privadas, que pueden tener ánimo de lucro o carecer del mismo y cuyo objetivo principal es la realización de un trabajo productivo, siendo su finalidad la de asegurar un empleo remunerado a aquellas personas que, por la naturaleza de sus limitaciones en la ctividad, no pueden ejercer una actividad en condiciones habituales, ya sea de forma temporal o definitiva, por lo que sus plantillas están constituidas al menos por un 70% de personas con discapacidad, pudiendo cubrirse el resto de los puestos por personal no discapacitado cuya contratación resulte imprescindible para el desarrollo de sus actividades. Los programas de creación, ampliación y mantenimiento de puestos se regulan en el marco de lo establecido en la Orden de 16 de octubre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de su integración laboral en centros especiales de Empleo y trabajo autónomo, salvo el
siguiente programa:
la ayuda de los gastos financieros, destinadas a subsidiar parcialmente los gastos financieros generados como consecuencia de los anticipos mensuales de la ayuda de mantenimiento salarial, que será dotado con fondos propios de la Generalitat.
la ayuda complementaria, para los centros especiales de Empleo que tengan trabajadores con discapacidad psíquica consistente en 100 euros mensuales, que podrán ser dotados con fondos propios de la Generalitat o fondos europeos.
En la ayuda salarial para mantenimiento de puestos de trabajo en centros especiales de Empleo, se ha tenido en cuenta el incremento de porcentaje de ayuda introducido para los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral para el ejercicio 2011 por la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, que pasa del 50 al 75% del SMI. Se considerará que existen dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en uno de los grupos siguientes:
– Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por cien.
– Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por cien.
Se incluyen así mismo en el título II, las ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, creadas por Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, (BOE del 22) en el marco de los servicios de ajuste personal
y social de los Centros Especiales de Empleo, servicios cuya definición legal ya se introdujo anteriormente a través del número 2 del artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, mediante la Ley 66/1997, de 30
de diciembre, de Medidas Fiscales, administrativas y del orden social, a tenor de los cuales «se entenderá por servicios de ajuste personal social los de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, cultural
y deportivos que procuren al trabajador minusválido del centro especial de Empleo una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación de su relación social».
Dentro del mismo título se recoge otro programa, también específico de la Comunitat Valenciana: los «CEE+I» cuyo objetivo es facilitar la contratación laboral en empresas ordinarias de personas discapacitadas
que previamente hayan seguido un itinerario de inserción en un CEE calificado como tal
y en cuyos estatutos conste que además de las actividades económicas propias del centro especial de Empleo, una
de las funciones será la integración laboral en el mercado ordinario de los trabajadores con discapacidad que tengan en su plantilla, previo seguimiento de un itinerario de inserción y acuerdo con empresas colaboradoras.
El título III se dedica a fomentar la contratación indefinida en empresa ordinaria de trabajadores con discapacidad procedentes de los enclaves laborales regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de
febrero.

Para acceder directamente a la disp :
http://www.docv.gva.es/datos/2011/01/25/pdf/2011_757.pdf

Los programas basicamente son:
1.- Apoyo a la contratación indefinida en empresa ordinaria de trabajadores minusválidos procedentes de un enclave laboral (Fomento del empleo de personas con discapacidad). http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=13617( Vid detalles de su tramitacion)
2.- Asistencia técnica: Fomento de empleo en Centros Especiales para personas con discapacidad que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1819 ( vid detalles del procedimiento)

3.- Ayuda Salarial y Ayuda complementaria: Fomento de empleo en Centros Especiales de Empleo para personas con discapacidad que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
4.- Ayuda de los gastos financieros: Fomento de empleo en Centros Especiales de Empleo para personas con discapacidad que tengan reconocida una discacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
5.-Ayudas CALIDAD PYMES comercial para el ejercicio 2011.
6º.- Ayudas dirigidas a los institutos tecnológicos de la Red Impiva Programa de Desarrollo Estratégico para el período 2011-2015.
7.- Creación de empleo estable en Centros Especiales de Empleo para personas que tengan reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33% (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
8.- Proyectos de inserción a través de CEE + I (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
9.- Solicitud de subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas en los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
10.- Solicitud de subvención de equilibrio financiero de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
11.- Solicitud de subvención de equilibrio presupuestario de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad). Servef 2011.
12.- Unidades de apoyo a la actividad profesional: Fomento de empleo para la contratación de equipos multiprofesionales enmarcados en los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo (Fomento del empleo de personas con discapacidad) Servef 2011.

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